Llamado a la Sociedad Civil a participar del CORECC

Resolución Exenta N°29/2025, Aprueba creación de nómina de organizaciones de la sociedad civil y establece procedimiento de inscripción y selección de representantes para integración del Comité Regional para el Cambio Climático de la Región de Los Ríos.

 

 

¿Qué es el CORECC?

El CORECC tiene como función principal promover y facilitar la implementación, a nivel regional y local, de las políticas de cambio climático, programas y demás acciones en materia de cambio climático, considerado como objetivo común avanzar en el desarrollo de una sociedad resiliente y baja en carbono.

La Ley Marco de Cambio Climático, Ley N°21.455 establece que en cada región del país habrá un Comité Regional para el Cambio Climático, CORECC, cuya principal función será coordinar la elaboración de los instrumentos para la gestión del cambio climático a nivel regional y comunal, así como elaborar, aprobar e implementar su Plan de Acción Regional de Cambio Climático, PARCC.

 

¿Quiénes integran el CORECC?

El Decreto N° 15 del MMA, en su Artículo 38.- establece Conformación. Cada Comité Regional para el Cambio Climático estará conformado por la o el Gobernador Regional, quien lo preside; la o el Delegado Presidencial Regional; las y los secretarios regionales de los ministerios que integran el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático del artículo 71 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente; dos representantes de la sociedad civil regional; y uno o más representantes de las municipalidades o asociaciones de municipalidades, los que serán escogidos de conformidad a las reglas establecidas al efecto en el presente Capítulo.

Artículo 39.- En el caso de regiones con 15 comunas o menos, la totalidad de municipios integrará el respectivo Comité Regional para el Cambio Climático a través de su alcaldesa o alcalde.

Artículo 45.- Secretaría Técnica. Los Comités Regionales para el Cambio Climático contarán con una secretaría técnica ejercida por la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente que corresponda.

La referida institución deberá participar de las sesiones de los Comités a través de su autoridad, sin perjuicio de la designación de personal de apoyo para el cumplimiento de las funciones que se requieran.

 

 

¿Cómo participa la Sociedad Civil del CORECC?

En cada región, el CORECC estará integrado por dos representantes de la Sociedad Civil, cuyo procedimiento se establece en los artículos 40 y 41 del Decreto N° 15 del Ministerio del Medio Ambiente de 2024, que aprueba el REGLAMENTO QUE ESTABLECE CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO TÉCNICO INTERMINISTERIAL PARA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y DE LOS COMITÉS REGIONALES PARA EL CAMBIO CLIMÁTICO.

¿Quiénes pueden postular?

Requisitos para postular

¿Cómo postular?

A través del correo electrónico oficinapartes@goredelosrios.cl o en oficina de partes del Gobierno Regional de Los Ríos, ubicada en O´Higgins 543, Valdivia.

Plazos de postulación

Desde el 03 de febrero hasta el 21 de marzo de 2025.

Contacto

Dudas y/o consultas ajara@goredelosrios.cl / dcaifil@mma.gob.cl